La eliminación del candado constitucional de 2009 desmantela el marco estigmatizante en la entidad y garantiza plenamente la autonomía reproductiva de las mujeres y personas gestantes, tras una histórica multa al legislativo por desacato a la SCJN.
Por Claudia V. Arriaga Durán.
Mérida, Yucatán, 23 de junio de 2026.- Bajo la presión de una sanción económica por vulnerar los derechos humanos, el Congreso del Estado de Yucatán reformó de última hora el Artículo 1 de la Constitución Política local para eliminar los obstáculos legales que impedían el acceso pleno a la salud sexual y reproductiva. La modificación ocurre luego de que el Juzgado Tercero de Distrito impusiera una multa global de casi un millón de pesos a las y los legisladores por desacato judicial, al haber mantenido una despenalización parcial del aborto que contravenía los mandatos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La sanción, que obliga a cada uno de los 35 diputados y al director jurídico Miguel Ceballos Quintal a pagar 26,981.3 pesos, se mantiene firme a pesar de la homologación constitucional.
La reforma suprime la protección legal de la vida desde la fecundación introducida en 2009, un precepto que el máximo tribunal del país ya había declarado inconstitucional al determinar que los congresos locales carecen de facultades para otorgar el estatus de persona al embrión o feto en detrimento de los derechos de las mujeres y personas gestantes. Con el retiro de este candado normativo, se subsana la contradicción jurídica que frenaba la aplicación efectiva de las garantías fundamentales en la entidad.
Amelia Ojeda, coordinadora jurídica de la Unidad de Atención Psicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal, A.C. (UNASSE) —organización que junto a Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva A.C. y Abortistas MX impulsó el amparo 274/2024—, señaló que esta modificación concluye formalmente el proceso de despenalización en Yucatán, al erradicar el mensaje restrictivo y estigmatizante que persistía.
«“Con la aprobación de hoy se concluye este proceso para la despenalización del aborto en Yucatán, tanto en el Código Penal y el social a partir del mensaje que se enviaba con la redacción del artículo 1”, comentó la coordinadora jurídica de UNASSE, Amelia Ojeda.
El avance en materia de derechos humanos comenzó en abril de 2025, cuando la entidad se convirtió en el estado número 23 del país en suprimir las sanciones penales para quienes deciden interrumpir un embarazo voluntariamente. Aquella reforma derogó el Artículo 392 del Código Penal local y reconfiguró el marco legal para tipificar únicamente el «aborto forzado» en el Artículo 389, trasladando la responsabilidad regulatoria a la Ley de Salud Pública del Estado con el fin de obligar a las instituciones oficiales a garantizar el servicio de forma médica y segura.
A nivel nacional, la garantía plena de este derecho a la salud sigue pendiente en los estados de Guanajuato, Morelos, Querétaro, Durango, Nuevo León, Tamaulipas, Sonora, Tlaxcala y Aguascalientes.



