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Kinchil en defensa por su territorio.

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Por Sofía Vital.

Kinchil, Yucatán a 16 de Febrero de 2026.-La Asamblea Ejidal de Kinchil, Yucatán; programada para el 15 de Febrero de 2026, fue suspendida debido a la falta de quorum legal (número mínimo de personas que deben estar presentes para que los acuerdos de una reunión sean válidos). De un padrón de 849 ejidatarios, solo se registraron aproximadamente 250, invalidando legalmente la sesión.

Este evento se desarrolló bajo la vigilancia de elementos de la Policía Municipal, aunque, hubo denuncias de uso de violencia en contra de las manifestaciones pasivas del grupo de Defensores del Territorio de Kinchil, que se encontraba en las afueras de la casa ejidal y compartia información que alertaban las implicaciones legales de los proyectos de inversión propuestos por la directiva agraria.

La postura de los Defensores del Territorio se fundamenta en la reciente reforma al Artículo 2° de la Constitución Mexicana, que otorga a los pueblos indígenas personalidad jurídica para la defensa de sus recursos naturales y el derecho a una consulta previa e informada. Bajo este marco legal, la agrupación difundió desde el 14 de febrero su preocupación por la asamblea de hoy, señalando como principal punto de fricción la intención de aplicar el Artículo 75 de la Ley Agraria, el cual permite la aportación de tierras de uso común (legalmente inalienables e inembargables) a sociedades mercantiles o civiles. 

El Artículo 75 de la Ley Agraria es el mecanismo legal que permite convertir tierras colectivas en «acciones» de una empresa:

  • El Cambio: El ejido deja de ser dueño de la tierra y se vuelve socio de una sociedad mercantil o civil.
  • La Decisión: Solo se puede hacer si la Asamblea lo aprueba con votos formales.
  • El Pago: A cambio de la tierra, los ejidatarios reciben acciones (partes de la empresa). El valor de estas debe basarse en un avalúo oficial.
  • Vigilancia: La Procuraduría Agraria debe dar una opinión sobre si el negocio es equitativo y real.
  • Protección: Si la empresa cierra, los ejidatarios tienen prioridad para recuperar sus tierras o recibir el pago primero que otros socios.

En resumen, es la herramienta que permite que la tierra ejidal entre al mercado comercial como capital de inversión.

Mientras que la directiva encabezada por el comisario José Borges Chi plantea estas medidas como una oportunidad para el desarrollo económico y la captación de inversiones, el grupo civil sostiene una postura técnica contraria. Argumentan que este mecanismo ha servido históricamente en la región como una vía para la privatización de la propiedad social, donde el control real del territorio termina bajo dominio de inversionistas externos y sociedades inmobiliarias.

El grupo Defensores del Territorio de Kinchil expuso una serie de inquietudes respecto a la gestión financiera y operativa de la actual directiva ejidal, centradas en tres ejes principales: 

  • Transparencia financiera: La solicitud de informes detallados sobre los ingresos derivados del arrendamiento de infraestructura de telecomunicaciones.
  • Gestión de trámites: El seguimiento a la entrega de documentos agrarios solicitados por los integrantes del núcleo ejidal.
  • Representación legal: La revisión de las facultades otorgadas a asesores externos para asegurar que las decisiones finales permanezcan bajo el control de la asamblea.

Tras la cancelación del acto, los Defensores del Territorio de Kinchil manifestaron que mantendrán la vigilancia sobre futuras convocatorias, insistiendo en que cualquier proyecto de desarrollo debe priorizar la transparencia y la preservación del patrimonio colectivo frente a la especulación inmobiliaria.

Por el momento, los proyectos de creación de una sociedad inmobiliaria y la transferencia de tierras bajo el régimen del Artículo 75 permanecen en pausa, a la espera de una nueva convocatoria o de un proceso de diálogo entre las partes involucradas.